miércoles, 23 de noviembre de 2011

EL SECRETO PROFESIONAL



Es el derecho que tienen los periodistas a no revelar las fuentes de su información y mantener en secreto las notas personales, cintas magnetofónicas y demás material informativo empleado por ellos. Se trata en definitiva, de un derecho de los profesionales de la comunicación a no declarar ante los jueces cuando se trate de investigaciones sobre hechos por ellos relatados o desvelados. 

Como recuerda Ana Azurmendi, “Han sido cinco las proposiciones de ley sobre el secreto profesional del periodista que no han conseguido traspasar el umbral del acuerdo parlamentario” (Azurmendi, 2001, p.188). Según explica la  misma autora, en dichas proposiciones de ley se ha insistido en los siguientes aspectos:

1)      El secreto profesional se inscribe en el derecho a la información recogido en el artículo 20. I.d de la constitución de 1978;

2)      Es un derecho que tiene como titular al periodista, y que este puede ejercer frente a la empresa, frente a los poderes públicos o frente a terceras personas;

3)      El secreto se extiende a la identidad de la fuente y al material relativo a la información elaborada y difundida, que no puede ni registrarse ni incautarse;

Según estas proposiciones de ley, los límites del secreto profesional serian:

1)      El requerimiento en calidad de testigo en un proceso penal por un delito de los presentes en el Titulo I del Libro II del Código Penal.

2)      Las materias calificadas como secretas.

Hay que tener en cuenta que puede existir un derecho  fundamental que, en algún caso concreto, tuviera que prevalecer sobre el propio derecho del periodista a mantener el anonimato de sus fuentes de información. En estos casos, según Iñigo Lazcano, se pueden plantear diversas hipótesis:

1)      Si la revelación de las fuentes de información es clave para determinar la inocencia o culpabilidad de una tercera persona, el derecho al secreto profesional debe ceder ante otros derechos como el que tiene toda persona a un juicio justo, a la presunción de inocencia o a gozar de todos los medios de prueba. Esta actitud, sin embargo, no salva la circunstancia de que el valor de lo que el periodista revele solo se puede saber a posteriori y nunca a priori, por lo que no existe convicción total acerca de la importancia de los datos que el periodista desea mantener en el anonimato. 

2)      Otro aspecto importante a contemplar por la futura ley sería el alcance del secreto profesional cuando de la declaración de un periodista dependa la protección del derecho a la vida, a la integridad física o a la libertad de otra persona si el periodista conoce la identidad de la persona que le proporciona información sobre el secuestro, o datos relativos al mismo.

A falta de una regulación legal de este derecho de los periodistas, los diferentes libros de estilo y Estatutos de Redacción elaborados por las empresas periodísticas han venido recogiendo su propia interpretación en relación al secreto profesional. Así por ejemplo, el estatuto de la Redacción de El País (1980, p. 519) recoge en su artículo 8 que “La redacción de El País considera el secreto profesional como un derecho y un deber ético de los periodistas. La protección de las fuentes informativas constituye una garantía del derecho de los lectores a recibir una información libre y una salvaguarda del trabajo profesional. Ningún redactor ni colaborador podrá ser obligado a revelar sus fuentes”.

En similares términos se expresa el artículo 8 del estatuto de la Redacción de El Mundo (1996, p. 122): “El Mundo considera el secreto profesional como un derecho y un deber ético de los periodistas. La protección de las fuentes informativas constituye una garantía del derecho de los lectores a recibir una información libre y veraz.”


2 comentarios:

  1. Hola. Aunque es un tema muy complejo y abarcaste lo principal, creo que faltaron algunos aspectos. Pero en lo general me pareció un buen trabajo. Saludos.

    ResponderEliminar
  2. DeWalt Titanium Drill bit set - Titanium Arts
    DeWalt Titanium Drill bit set. 2 inches. titanium knee replacement This is an titanium nipple barbells 8.8" stainless citizen titanium watch steel DE razor with 8" etched face-down cut with a metal titanium quartz crystal handle. 2018 ford fusion hybrid titanium

    ResponderEliminar